Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO TRIGÉSIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara forzosamente la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el proceso incoado por el INSTITUTO UNIVERSITARIO DE NUEVAS PROFESIONES, debidamente identificada a través de su apoderada judicial YAISMEL AVILA, abogada e inscrita en el INPRE bajo el No. 131.909, según se evidencia de poder que cursa en autos, a favor del ciudadano HERMAN HERNANDEZ, identificado con la cédula de identidad No. 974.734, por el motivo de la oferta real de pago.. Así se establece