DECISIÓN
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, esta Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: Se Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto el 09 de Febrero de 2015, por los ciudadanos NESTOR GUSTAVO QUINTERO MONCADA y AMADO ANTONIO MOLINA YEPEZ, Defensores Privados, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Números 50.879 y 68.278, respectivamente, actuando en su carácter de defensores de la ciudadana GLADYS NUBIA PARADA MENDOZA, titular de la cedula de identidad número V-5.567.141, contra de la decisión dictada el 02 de febrero de 2015, por el Tribunal Vigésimo Quinto (25º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual decretó en contra de l.....