En base a los razonamientos expuestos, este Juzgado se declara INCOMPETENTE en razón del territorio, para seguir conociendo la solicitud de divorcio interpuesta por el ciudadano RICHARD ANTONIO VANEGAS, asistido por la abogada YONEIDA LOPEZ CASTILLO, ut supra identificados y declina la competencia a los Tribunales de Municipio Ordinario y Ejecutores de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con competencia en el Municipio Urdaneta, toda vez que el último domicilio conyugal lo tuvieron constituido en dicho Municipio, que forma parte de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. En consecuencia, se ordena remitir el expediente completo a los Tribunales de Municipio Ordinario y Ejecutores de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con competencia en el Municipio Urdaneta, para que continúe con los trámites subsiguientes.