Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la Ciudad de Caracas (en transición), Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción que por COBRO DE BOLÍVARES ha incoado BANCO DEL CARIBE, C.A., contra el ciudadano HILARIO VALMORE GUANIPA RODRÍGUEZ, ambas partes suficientemente identificadas al inicio de este fallo, y como consecuencia de ello, se condena a la accionada a cancelar las siguientes cantidades de dinero:
PRIMERO: SESENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLÍVARES CON OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 63.225.788,89), monto que comprende el monto adeudado, más los intereses de mora y convencionales calculados al 37% de la tasa anual.
SEGUNDO: Los intereses que se sigan devengando desde el 8 de junio de 2001 hasta la dec.....