Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Segundo de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO; SIN LUGAR, la demanda de Nulidad del Actos Administrativo de efectos particulares, intentado por el Abogado RAMÓN DÍAZ ENRIQUEZ inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 98.801, en su carácter de apoderado judicial de la entidad de trabajo denominada PLÁSTICOS F.A.D., C.A., contra la Certificación Nº 0562-10, de fecha 21 de septiembre de 2010, emanada del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de Miranda, a favor de la ciudadana DEYSI MAGALI CARRANZA CRUZ, titular de la cedula de identidad N° V-14.331.076. SEGUNDO: Se confirma el acto administrativo de efectos particulares emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Tra.....