Por estas razones, este Tribunal estima la procedencia en derecho de IMPARTIR LA HOMOLOGACIÓN correspondiente a dicha Transacción. Así se decide.
Por todas las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN celebrada por ante este Tribunal, en fecha 09 de abril de 2018, dándose por consumado el acto y procediéndose como sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada.