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DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de apelación planteado por los abogados Helly Gamboa Olivares y Mariela Pérez Devia, en su carácter de defensores del imputado David Gerardo Valera Galué, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida privativa judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 numerales 1, 2 y 3, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 251 numerales 2, 3 y parágrafo primero y 252 numeral 2, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los de.....