Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, la Corte de Apelaciones de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con Competencia en Materia de Reenvió en lo Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA COMPETENTE para conocer de las causas seguidas al ciudadano ANDERSON DISGREI PAZO GUZMAN, al JUZGADO QUINTO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 73, en concordancia con el artículo 84 ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese la presente decisión y déjese copia autorizada de la misma. Remítase el expediente, anexo a oficio, al Tribunal Quinto de Violencia Contra la Mujer en Funciones de Control.....