declara: Negada la solicitud del Tercero Interesado, en cuanto el apercibimiento de la abogada María Guevara Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25735; y sin lugar el recurso de apelación contra la Sentencia dictada en fecha 07 de enero de 2013, del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional que declaró con lugar la demanda que por Simulación de Venta, ha incoado la ciudadana María Alexandra Pérez-Vera Herrera, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-9967743, contra la sucesión del ciudadano Claudio di Pietro Calangelo. Por efecto del presente fallo, se confirma en todas y cada una de sus partes la sentencia recurrida la cual se da por reproducida la Dispositiva de la misma en el presente fallo; y así se declara.