Fundamentado en todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por mandato expreso que le confiere la ley; DECRETA: MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo pautado en el artículos 250, numerales 1. 2 y 3 en relación con el artículo 251 numerales 2, 3 y parágrafo Primero y 252 numeral 2 todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en contra del investigado: LUIS MIGUEL CARABALLO LAGUNA, de nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, estado civil Soltero, fecha de nacimiento 18-05-83, de 25 años de edad, de profesión u oficio: Desempleado, residenciado en: San Casimiro, Sector Carutico, Numero de casa 202, Estado Aragua , , asimismo manifiesta Ser hijo de Ana Laguna Blanco (v) y Luis Arcenio Caraballo (f), Titular de la cedula de identidad N° V-19.089.889, por la presu.....