En consecuencia, visto que el escrito de TRANSACCIÓN no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables de los trabajadores, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Asimismo se acuerda las copias certificadas solicitadas en el referido escrito y se ordena dar por terminado el presente procedimiento y el archivo del expediente, en virtud de la cancelación del monto total acordado.
La Jueza
Abg. Vilma Leal
La Secretaria
Abg. Dayana Díaz