Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte codemandada, la empresa PRINTCO PRINT SHOP, C. A., en contra de la decisión dictada por el Juzgado 44º de Primera Instancia de SME de este Circuito Judicial del Trabajo, en fecha 02/05/2013. SEGUNDO: Se confirma la decisión apelada. TERCERO: Se condena en costas a la parte codemandada, PRINTCO PRINT SHOP, C. A de conformidad con el Artículo 62 de la Ley Procesal del Trabajo. Así mismo, se deja establecido que, contra esta decisión, podrán las partes ejercer los recursos que crean pertinentes, la publicación de la presente decisión se hará dentro del lapso de cinco (5) días hábiles siguientes, de conformidad con lo previsto en la .....