declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia se ordena RECTIFICAR en los términos contenidos en el presente fallo, el acta de nacimiento del ciudadano CARLOS ALBERTO TABARES OLIVEIRA, emanada por La Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José del departamento Libertador hoy Municipio Bolivariano del Distrito Capital, inserta bajo el Nº 939, de fecha 20 de octubre de 1958, y así se decide.
En consecuencia, se ordena la RECTIFICACIÓN del acta de NACIMIENTO del ciudadano CARLOS ALBERTO TABARES OLIVEIRA, en lo que respecta el nombre de su progenitora el cual debe anotarse en la forma como a continuación queda escrito "MARIA OLIVIA DE OLIVEIRA E SILVA", y el nombre de su progenitor debe anotarse en la forma siguiente "GABRIEL TAVARES DA SILVA", y así expresamente se decide.
Finalmente, este Tribunal actuando de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo dispuesto en el artículo 502 del Código Civil, ordena que u.....