Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales y otros conceptos, interpuso el ciudadano ERICK GUERRERO VILLANUEVA contra PREESCOLAR HAPPY SCHOOL, C.A, ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de Bolívares OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES CON UN CENTIMOS (Bs.8.438,01), por concepto de Vacaciones; Bono Vacacional; Utilidades; antigüedad artículo 108 de la LOT., Indemnización por Despido Injustificado, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo, en los términos señalados en la parte motiva de este fallo y Así se decide.
Se condena en co.....