Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, presentado en fecha 3 de febrero de 2011, por el abogado REINALDO JESÚS GUILARTE LAMUÑO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 84.455, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil SERVICIO PAN AMÉRICANO DE PROTECIÓN, C.A. (SERPAPROCA), inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 17 de octubre de 1958, bajo el Nº 40, Tomo 28-A, en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto contra el acto contenido en la Certificación Nº 0157-08, de fecha 14 de noviembre de 2008, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores de Miranda del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Labor.....