III
DISPOSITIVA
En mérito a todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: EL DECAIMIENTO Y EXTINCIÓN por abandono y falta de interés en la acción por COBRO DE BOLIVARES incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES RAMALMI, 239 C. A., la cual cedió sus derechos de crédito litigiosos al ciudadano DOMINGO NIEVES contra la sociedad mercantil INVERSIONES ALZAREAL, C. A. y los ciudadanos GILBERTO JOSE MORALES BRICEÑO, GUSTAVO ENRIQUE MORALES BRICEÑO y ANA CECILIA BRANGER DE MORALES, todos plenamente identificados al inicio del presente fallo.
SEGUNDO: Por la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
PUBLIQUESE, NOTIFIQUESE Y .....