este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, después de revisar exhaustivamente los poderes que cursan en autos, en lo que respecta a la parte actora y en lo que respecta a la demandada, en el cual se acredita el carácter del apoderados judiciales de la demandada y parte actora, y sus facultades expresa para transigir en el presente juicio y, comprobando que el mismo cumple con los requisitos exigidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, al no vulnerar derechos irrenunciables del trabajador ni normas de orden público, le imparte su HOMOLOGACIÓN , dándole efectos de cosa juzgada. Asimismo, este Juzgado considera inoficioso celebrar la prolongación de la audiencia preliminar fijada para este mismo día 24 de octubre de 2022, a las 11:00 am, por las razones antes señaladas, igualmente se le hace entrega de las pruebas consignadas; asimismo se ordena el cierre .....