En consideración a lo expuesto, este Juzgado Tercero Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Primero: Con Lugar la solicitud de aclaratoria y ampliación realizada por la apoderada judicial de la actora, sobre el fallo dictado por esta Alzada en fecha 16 de octubre de 2024. Así se establece.