DECISIÓN:
Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, considera que en virtud de lo establecido en el artículo 323 del Còdigo Orgànico Procesal Pena vigente, en este caso no es necesario el debate visto que existen suficientes elementos para decidir, por cuanto se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a ALBERT JOSE CABELLO, ya que según consta en actas la acción penal se ha extinguido; de conformidad con lo establecido en el Ordinal 3º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.-
Regístrese, Publíquese, déjese copia, notifíquese a las Partes y Remítase en su oportunidad Legal.
EL JUEZ
DR. PEDRO JOSE RODRIGUEZ MARTINEZ.
EL SECRETARIO
ABG. JUAN CARLOS FIDALGo NUNES
En esta fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado;
EL SECRETARIO
AB.....