Por todas las consideraciones anteriores, esta Juez Unipersonal Nº XIV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de AUTORIZACION JUDICIAL PARA VENDER presentada por la ciudadana MARIA CONSTANZA CASTILLO DE HURTADO, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 16.168 en su carácter de apoderada judicial del ciudadano LUIS ORLANDO HERNANDEZ GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.519.153 en representación de su hija XXXX. En consecuencia, se AUTORIZA al ciudadano LUIS ORLANDO HERNANDEZ GUZMAN, supra identificado, para que proceda a VENDER la alícuota que l.....