este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: VALIDA la fianza presentada por el abogado Jesús Arturo Bracho y en consecuencia se declara IMPROCEDENTE la impugnación a la fianza presentado por el tercero opositor.
SEGUNDO: Se declara que la ejecución de la sentencia dictada en el juicio principal ha permanecido suspendida por haberse presentado las fianzas prestadas por las compañías de seguro.
TERCERO: IMPROCEDENTE la solicitud formulada por la parte demandada en tercería, consistente en la ejecución de la sentencia de fecha 02 de febrero de 2010.
CUARTO: Se NIEGA el recurso de apelación ejercido contra el auto de admisión de la reforma de la tercería y se hace constar que el mismo no puede ser revocado por contrario imperio.
QUINTO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de.....