Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 19 de julio de 2011, por la abogada ARACELIS GÁRFIDO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra el auto dictado por el Juzgado Trigésimo Noveno (39°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de julio de 2011, con motivo del juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos incoaran la ciudadana MARÍA DE LOS ÁNGELES SOTO VALDES, en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES ALUMAR 2005, C.A. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada del presente recurso conforme el artíc.....