ACLARA de oficio que en la sentencia definitiva dictada con ocasión a la pretensión de Resolución de Contrato de Arrendamiento, deducida por la sociedad mercantil Administradora Rea C.A., en contra de la sociedad mercantil Galería y Marquetería Eiffel C.A., se incurrió en su texto en el error material de señalar que la fecha de su publicación ocurrió "a los dieciocho (18) días del mes de mayo del año dos mil quince (2.015)", cuando lo correcto fue "a los dieciocho (18) días del mes de febrero del año dos mil dieciséis (2.016)", que es lo cierto y verdadero, quedando de esta manera subsanado el error material, de conformidad con lo previsto en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, constituyendo la presente decisión complemento y parte integrante de la referida sentencia