DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con los artículos 616, 645, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Resuelve: Ordenar la cesación de la Sanción por haber operado su prescripción, consistente en la Medida de Servicios a la Comunidad, impuesta al joven SE OMITE IDENTIDAD, venezolano, titular de la Cédula de identidad Nº SE OMITE, nacido en Caracas, en fecha SE OMITE, hijo de SE OMITE IDENTIDAD y de SE OMITE IDENTIDAD. Así mismo, ordenar su libertad plena. ASI SE DECIDE. Dictada en horas de audiencia, en Caracas, a los veinticinco días del mes de Marzo de dos mil nueve. Años 198° de la Independencia y 150° de la Federación.
Regí.....