(...) DECLARA: IMPROCEDENTE, la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo de fecha 25 de octubre de 2010, decisión 0831/10, emanado de la INSPECTORIA DEL TRABAJO "PEDRO ORTEGA DÍAZ", DEL DISTRITO CAPITAL, MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR (SEDE SUR), solicitada por el apoderado judicial del VENE-PARTS C.A.
No hay condenatoria en costas.-.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. CÚMPLASE.
Cúmplase, publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juici.....