esta JUEZ SUPERIOR TERCERA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR las apelaciones diferidas ejercidas en fecha 27/04/2011 y 06/07/2011, por la parte demandada, en virtud de que el thema decidendum de dicha apelación ya fue resuelto por el a quo, encontrando esta Juzgadora que los elementos tomados en cuenta por el Juez de la cusa se encuentran ajustados a derecho, aunado al criterio sostenido por la Sala de Casación Social de nuestro máximo Tribunal en fecha 19/09/2001 exp. Nº 01-0176, S. Nº 0223, y en cuanto a la apelación diferida ejercida en fecha 04/05/2010, por la parte actora, en relación a la prueba ultramarina la misma decayó en virtud de no ejercer el actor recurso de apelación contra la sentencia definitiva relacionad.....