En el caso de marras, la solicitante, pretende que a través de una solicitud, que se declare la unión estable de hecho que alega que mantuvo con el de cujus JOSÉ PULIDO YANEZ PIÑERO, titular de la cédula de identidad No. 6.561.814, por lo que se debe indicar, que según la sentencia citada y dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, debe intentarse una acción mero declarativa (procedimiento contencioso), lo cual debe hacerse a través de una demanda que contenga los requisitos establecidos en el artículo 340 del Código de Procedimiento Civil, ante los Tribunales de de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que se declare la unión estable de hecho que alega la solicitante que mantuvo con el de cujus JOSÉ PULIDO YANEZ PIÑERO, titular de la cédula de identidad No. 6.561.814, la cual no puede ser declarada mediante una solicitud de jurisdicción voluntaria, como es el caso de autos y as.....