Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 1° de febrero de 2013 por la abogada MARÍA DE LOS ÁNGELES BARRIOS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 28 de enero de 2013. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada. TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por cobro de diferencia de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano CÉSAR DAVID LÓPEZ RODRÍGUEZ en contra de la sociedad mercantil LEIRIMETAL LATINOAMERICA C.A. CUARTO: SE ORDENA .....