Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de apelación interpuesto por el abogado MIGUEL B. BARCENAS, inscrito en el IPSA bajo el N° 44.051, apoderado judicial de la parte recurrente INVERSIONES CHILISAMBILC.A. Sociedad Mercantil, contra la sentencia de fecha 06/02/2014 dictado por el Juzgado Decimocuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo.: SEGUNDO: SIN LUGAR la acción Contenciosa de Nulidad incoada INVERSIONES CHILISAMBILC.A. Sociedad Mercantil Inscrita en el Registro Mercantil Quinto (V) de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 22 de Septiembre de 2003, bajo el N° 96, Tomo 812-A-V, contra la Providencia Administrativa número 0119-2013, dictada en fecha 30 de abril de 20.....