En este estado, este Juzgador ha verificado el cumplimiento de los extremos ley, es decir, los requisitos previstos en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo para los Trabajadores y las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 del Reglamento de dicha Ley; que la misma se suscribe una vez que ha culminado la relación de trabajo, revisados los conceptos demandados y su cuantía la cual alcanza la suma de Bolívares tres mil ciento veintisiete millones tres mil trescientos cuatro con veintiséis (Bs. 3.127.003.304,26;) la comparecencia de la trabajadora y de su abogada asistente así como de la apoderada judicial de la parte demandada quien está facultada para transigir; es por lo que este Juzgado HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, dándole efecto de Cosa Juzgada; en consecuencia, transcurrido el lapso sin que las partes interpongan recurso alguno contra esta decisión, se ordenará el cierre y archivo del expediente, así como su actualización informática en el Sistema JURIS 2000 como "Asunt.....