Por los fundamentos anteriormente expuestos este Juzgado Trigésimo Octavo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas en Función de Control, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida al ciudadano JUAN CARLOS VIEIRA CORTEZ, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, estado civil casado, profesión u oficio cauchero, residenciado en Callejón Palmira, calle principal de Los Cangilones, casa N° 27, La Vega, titular de la cédula de identidad N° V-10.382.043, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 108 ordinales 5° del Código Penal reformado, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra La Mujer y La Familia, en perjuicio de la ciudadana XIOMARA DEL CARMEN CASTILLO PEÑA.