En mérito de las anteriores consideraciones, esta Juez Unipersonal XIV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente incidencia de Fijación de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana ANA KARINA FERNANDEZ DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.202.003, actuando en nombre y representación de su hija XXXX; contra el ciudadano JOEL ABNER PAEZ MILLAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.063.818. En consecuencia se fija como obligación de manutención mensual que el mencionado ciudadano debe suministrarle a sus hijas, la cantidad de 0,45 del salario mínimo urbano, lo que equiva.....