or todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública No. 03, Abogada Ana Di Mauro. SEGUNDO: Se declara con lugar la segunda y tercera denuncia del Recurso de apelación interpuesto por Defensora Pública No. 03, Abogada Ana Di Mauro, las cuales fueron reconducidas para ser subsumidas en el ordinal 5º del artículo 444 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO:Con relación a la sanción, se dicta decisión propia; se modifica en los términos arriba expuestos, la sanción impuesta al joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA) en fecha 14 de julio de 2010, en la sentencia proferida por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de esta misma Sección y Circuito .....