Se dicto sentencia definitiva mediante el cual este juzgado declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta.
En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos ALFREDO JOSE MENDONCA DE CANHA y MARIA DOLORES MENDEZ GONZALEZ, el 30 de septiembre de 1981, ante la Junta Municipal del Municipio Chacao del Distrito Sucre del Estado Miranda, asentado bajo el Acta Nº 495 en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados durante el año 1981 por esa Junta Municipal.
A los fines previstos en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil, se ordena librar oficios al Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda, y al Registro Principal Civil del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques; así como a la Oficina Nacional (Estado Bolivariano Miranda) de Registro Civil del Consejo Nacional Electoral (CNE), anexo a copia certificada de la presente decisión, una vez que sea declarada .....