Por los anteriores razonamientos este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley DECLARA: 1) LA CONFESIÓN FICTA de la Sociedad Mercantil "Promotores y Desarrollos Dugar C.A", inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Portuguesa, Bajo el Nº 45, Tomo 10-A, Expediente Nº 410-6085, de fecha 31 de Marzo del Año 2015, representada por el ciudadano Luis Fernando Garcés Lucena, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-10.723.247, en su condición de Director-Gerente y domiciliado en la Calle 2, Casa N° 19, de la Urbanización Colinas de Curazao, Municipio Guanare Estado Portuguesa, de conformidad con lo previsto en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, por no haber contestado la demanda, ni haber promovido prueba que los favore.....