DISPOSITIVO
En consideración a todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y de los Estados Miranda, Vargas, Guárico y Amazonas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Desistida la apelación interpuesta mediante diligencia de fecha 16 de octubre de 2.007, por el ciudadano abogado RUBEN DARIO CELIS, actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada en la presente causa.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda firme la sentencia proferida por el Juzgado Accidental de Primera Instancia Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Estado Guárico, Calabozo, en fecha 27 de julio de 2.007.
TERCERO: Dada la naturaleza de la presente sentencia, no hay condenatoria en costas.
CUARTO: Se hace del conocimiento de las partes intervinientes en la present.....