Por todas esas consideraciones y en atención a criterios sostenidos por Nuestro Máximo Tribunal, este sentenciador de manera forzada, debe revocar la decisión objeto de revisión y asi lo hará en el dispositivo del presente fallo.-
Por todas las razones expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA PERENCIÓN DE INSTANCIA declarada en el presente proceso.-
SEGUNDO: LA NULIDAD de la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, en fecha 14 de enero de 2011.-
TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.-
PUBLIQUESE, Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los Veinticinco (25) días del m.....