Este Juzgado DE LOS MUNICIPIOS CATATUMBO Y JESUS MARIA SEMPRUN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos WILMER ANTONIO MORALES CAMARILLO y NORELIS HILDA CANTILLO BRACHO, cónyuges, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad, de profesión obrero, el primero y la segunda peluquera, respectivamente con Cedulas de Identidad N° V-7.784.946 y V-7.784.726, respectivamente y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 11 de mayo de 1985, por ante la Jefatura Civil y Secretario del Parroquia Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, Acta No.02.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron haber procreado tres hijos los cuales llevan por nombre: NOIRALY NOREXI, NAHIYENLIN SOLANGE y NOWIL ANTONIO CANTILLO, titulares de las cedulas de.....