Este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN CAMBIARIA y como consecuencia de ello SIN LUGAR la acción que por COBRO DE BOLIVARES incoara FONDO COMÚN C.A., BANCO UNIVERSAL contra la sociedad mercantil DINATOM C.A., y el ciudadano ARMANDO FERNANDES DA SILVA, ambas partes identificadas al inicio de este fallo.
Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado vencida en este juicio de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.