En atención al caso de autos, tenemos que el apoderado judicial de la parte actora, abogado NIEVES BAUTISTA DIAZ DURAN, antes identificado, cumplió con los requisitos expuestos para desistir del presente recurso de apelación, en consecuencia, éste Juzgado Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN con autoridad de cosa juzgada al desistimiento de la apelación ejercida en contra de la sentencia de fecha 22-05-02012, emanada del extinto Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana.