PRIMERO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO PROVISIONAL la cual deberá ser practicada sobre el bien inmueble propiedad de la parte demandada, a saber:
"un Local Comercial y un puesto de estacionamiento para vehículo terrestre, situado en la planta baja mezzanina del Centro Comercial Galerías Prados del Este, identificado con las siglas PA-42, con una superficie aproximada de cincuenta y nueve metros cuadrados con treinta y dos decímetros cuadrados (59,32 m2), conformado por un solo ambiente dentro del cual se encuentra un (1) cuarto destinado para baño y comprendido dentro de los siguientes linderos particulares: Norte: Con la Fachada Norte del Centro Comercial: Sur: Con el pasillo de circulación interno; Este: Con el Local PA-43: y Oeste: Con el Local PA-41. Al local previamente identificado le corresponde un (1) puesto de estacionamiento identificado con las siglas 52-29, ubicadas en la Planta Sótano Dos (2) del mencionado Centro Comercial. El local comercial identificado supra fo.....