En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre el ciudadano CARLOS EDUARDO MORAO LEON, titular de la Cédula de Identidad No.16.911.619, y la empresa PEPSI-COLA VENEZUELA, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos.
La Juez
La Secretaria
Abg. Luisa Avila
Abg. Keyu Abreu