Con la finalidad de salvaguardar el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva, defensa y debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara: UNICO: La nulidad de la notificación practicada a la Procuraduría General de la República el 10 de febrero de 2012 y como consecuencia de ello, se decreta la reposición de la causa al estado de notificarla nuevamente, ajustada a las previsiones de los artículos 81 y 82 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Se ordena notificar de la presente decisión a la parte recurrente en el domicilio procesal indicado en la demanda y a la Procuraduría General de la República, mediante oficio de acuerdo con el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, en tal.....