En conformidad con las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Gutiérrez Ramírez, apoderado judicial de la parte demandada, contra el fallo proferido por el Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13 de agosto de 2013.
SEGUNDO: se REVOCA el fallo recurrido, proferido por el Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13 de agosto de 2013.
TERCERO: INADMISIBLE, la demanda que por cumplimiento de contrato de arrendamiento incoaron los ciudadanos JORDAO NUNES IDEIA y MÁRÍA DOMINGA LIRA de IDEIA, contra el ciudadano JOSÉ ALIRIO ALBARES JAINES.
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