III
DISPOSITIVA
En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ejecutor de Medidas e Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: LA CONFESION FICTA, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 362 del Código de Procedimiento Civil, y como consecuencia de ello se declara CON LUGAR la demanda que por Resolución de Contrato incoara la ciudadana MARIA LISSOLETT PEREZ ROJAS contra el ciudadano EZEQUIEL JOSE PATIÑO MARIN, ambos identificados al inicio del presente fallo.
SEGUNDO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes debidamente autenticado ante la Notaría Pública Novena del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha catorce (14) de Mayo de dos mil siete (2007), anotado bajo el Número .....