Atendiendo a todo lo expuesto por este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos ARNALDO ANDRES PACHECO GAVIRIA y WENDY KARINA MUJICA GARCIA, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de la Cédula de Identidad Nros V-16.264.559 y V-16.085.399, respectivamente, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, según se evidencia en el acta anotada bajo el Nº 104, del Libro de Registros Civil de Matrimonios del año 2002, llevados por dicho Autoridad Civil.- Así se decide.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes a los fines de lo previsto en los artículos 475 y 506 del Código Civil-.....