Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Demanda de Revisión de Obligación De Manutención incoada por la ciudadana YURIMIR NADESDA SAAVEDRA GAMEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.867.705, en contra del ciudadano WILMER HERNANDEZ CARRERO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-10.864.206, en los mismos términos propuestos en la Audiencia de Juicio; en beneficio de la niña y el adolescente de autos. A tal efecto, este Órgano Jurisdiccional dispone:
PRIMERO: Se establece como quantum de manutención mensual, a cancelar por el progenitor, ciudadano WILMER HERNANDEZ CARRERO, Venezolano, ma.....