III
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Décimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO interpuesta por los ciudadanos FERNANDO ALFONZO PEÑALVER y THAIS GUADALUPE NAVARRO DE PEÑALVER, ambos identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que se perfeccionó entre los solicitantes el veintiuno (21) de enero de 1989, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio San Francisco, Distrito Maracaibo del Estado Zulia, según se evidencia de acta de matrimonio Nº 56, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa entidad.
TERCERO: Líbrese oficio a la Oficina de Registro Civil del Municipio San Francisco Distrito Maracaibo del Estado Zulia, al Registro Princi.....