Por fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA LA INADMISIBILIDAD DE LA ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO POR VENCIMIENTO DE PRORROGA LEGAL INTERPUESTA POR BANCO PLAZA, C.A contra el ciudadano ALVARO MELENDEZ ROMERO.
Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.