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D E C I S I Ó N
En mérito de lo anterior, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Terminado el Procedimiento y por ende Desistida la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado LUÍS JOSÉ MARCANO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.023.591 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 87.267, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JOSÉ LUÍS PADULA ROCHA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-26.711.517 contra el ciudadano JAVIER ENRIQUE MATOS GÁLVEZ, quien es de nacionalidad peruana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº E-82.069.370.
Dada la naturaleza.....